Preguntas Frecuentes

Seguro para Bicicleta


Documentación obligatoria a presentar:

- Foto fechada de la bicicleta. La foto tiene que ser del lado derecho de tu bici y debe incluir un papel (pegado al cuadro) con la fecha del día que vas a contratar el seguro.  ​

- Foto de la factura de compra o bien un presupuesto de una bicicletería amiga. En ambos casos debe estar bien legible la fecha, marca, modelo, numero de cuadro y valor de la bicicleta. En caso de ser un presupuesto el valor que figure debe ser el mismo valor que declaraste para asegurarla.

* En algunos casos la compañía puede solicitar también que figure el nombre y apellido del receptor de la factura o presupuesto.

1. Robo con intimidación y violencia en las personas:​

Cubre el Robo como consecuencia de intimidación (amenaza verbal de violencia) y/o violencia (utilizando elementos cortantes o de fuego) en las personas.​

2. Robo cuando la misma se deje en la vía pública:​

Cubre el Robo en la medida que la Bicicleta se encuentre sujeta a un lugar fijo y fuertemente adherido al piso, a través de una cadena o elemento similar.​

3. Robo en el hogar:​

Cubre el Robo de la Bicicleta en el Hogar, en la medida que la misma se encuentre en lugar cerrado y protegido.

 

* Se excluye el hurto. 

Si tienes un siniestro, ya sea, Robo, Responsabilidad Civil, o cualquiera otra cobertura contratada, debes hacer la DENUNCIA dentro de las 72 horas de ocurrido el hecho.

- La denuncia se realiza vía web ingresando al Menú / Denuncia siniestro.

https://www.segurosbicins.com.ar/denunciar-siniestro

*Denuncia Policial: En caso de robo de la bicicleta, en la denuncia policial deberá estar detallado la ocurrencia del siniestro y además marca, modelo, color, número de cuadro o serie. 

Recuerde que su póliza es anual y de renovación automática. Pero usted podrá cancelarla cuando lo desee a través de nuestra web ingresando al Menú / Anular póliza. 

Debido al alto porcentaje de inflación y en virtud de evitar que el asegurado pierda capacidad de reponer su bicicleta ante un siniestro, existen distintos sistemas de actualización del valor (suma asegurada) de su bien. Esto dependerá de la compañía de seguros elegida por lo que recomendamos revisar las condiciones de póliza.

- Cláusula de estabilización suma asegurada 30%:

Puede ser con un ajuste de actualización anual máximo del 30% de la suma asegurada. Este sistema no implica un aumento en las mensualidades (premio) ya que en la cotización se contempló este porcentaje de estabilización. 

- Cláusula de ajuste suma asegurada y premio cuatrimestral:

Otro sistema es que cada cuatrimestre se actualizará un tercio del incremento fijado para el año. El ajuste se aplica sobre la suma asegurada con la que se emitió inicialmente la póliza. Desde ya que el incremento de la suma asegurada implica un aumento también en el costo del seguro (premio), el cual se recotizará cada cuatrimestre con la nueva suma asegurada. En el caso que el asegurado no esté de acuerdo con el incremento de suma asegurada puede solicitar dejarlo sin efecto y en ese caso se volverá la suma al monto anterior, así como el costo del seguro que se reducirá (opción no recomendada ya que su bien quedara infra asegurado).

 

Normalmente a la renovación anual se aplica incremento del 50%, porcentaje que puede ir variando de acuerdo al nivel de la inflación y la compañía de seguro. 

- Franquicia de Bicicletas de “Uso Particular”: 10% (diez por ciento).- ​

El Asegurador en todo siniestro indemnizará hasta el límite de la suma asegurada el 90% de la pérdida y en consecuencia el Asegurado participará con el 10% del perjuicio sufrido.

- Franquicia de Bicicletas de “Uso Comercial”: 20% (veinte por ciento).-

El Asegurador en todo siniestro indemnizará hasta el límite de la suma asegurada el 80% de la pérdida y en consecuencia el Asegurado participará con el 20% del perjuicio sufrido.

 

* La franquicia depende de la compañía aseguradora, la cobertura afectada y el uso de la bicicleta.  Más información disponible en las condiciones particulares de cada póliza. 

Las pólizas de seguro solo se pueden pagar por medios de pago electrónico.

Las opciones son:

DEBITO CBU: aportando los 22 dígitos del CBU de la cuenta bancaria autoriza a la compañía de seguros seleccionada al cobro por debito automático de la póliza. Sólo la compañía de seguros será capaz de tomar fondos de su cuenta para el pago de la póliza.

- TARJETA DE CRÉDITO: Visa o MasterCard. Recuerde que en ningún momento se le solicitara ingresar los números del código de seguridad de su tarjeta de crédito, por lo que sólo la compañía de seguro será capaz de tomar fondos de su tarjeta para el pago de la póliza.

 

* El cliente puede solicitar la anulación de póliza cuando lo desee a través de la web Bicins. Nunca dejar de pagar la póliza sin solicitar la anulación ya que generará intereses.

* Podés consultar tu CBU accediendo a tu cuenta con tu tarjeta en cajeros automáticos, en tu homebanking, o presencialmente, en cualquier sucursal de tu banco. Si un cliente se encuentra adherido a un servicio mediante el débito automático y por ejemplo, está disconforme con el monto imputado puede dirigirse (hasta 24 hs antes del primer vencimiento de la factura) al banco donde tiene la cuenta o a la empresa del servicio correspondiente y pedir la cancelación automática de ese monto específico (stop debit).

La fecha de inicio y fin de vigencia figuran en la póliza de seguro. 

Dependiendo de la compañía de seguro contratada, la cobertura puede comenzar aproximadamente a los 3 días hábiles (siempre y cuando la documentación y datos aportados sean correctos) de solicitada la emisión de póliza a través de la web de Bicins. Ni bien la compañía de seguro emita la póliza, la misma será remitida electrónicamente al email  declarado por el asegurado. 

 

-Fuera de la vivienda del asegurado: Las Bicicletas deberán estar siempre custodiados o adheridos por el cuadro/bastidor a un punto fijo y firme al suelo, mediante cadena o cable de acero con candado o traba con cerrojo.​

-En la vivienda del asegurado: Los lugares de guarda deberán ser lugares destinados para tal fin, los mismos deberán tener cerradura de doble paleta y rejas en las aberturas.-

Las mismas son cargas del asegurado, por lo tanto son obligatorias por contrato. Incumplirlas tiene como penalidad la anulación de póliza y/o liberar a la compañía del pago de un siniestro.

La cobertura de Responsabilidad Civil cubre los reclamos que pudieras recibir por parte de Terceras Personas, emergentes del uso de la bicicleta detallada en las condiciones particulares de póliza, por la suma asegurada prevista en el frente de la misma, en cualquier lugar de la República Argentina.

El seguro de Responsabilidad Civil se otorga exclusivamente a quién haya contratado el seguro de la bicicleta. 

El Seguro de AP para el ciclista cubre: 

- Asistencia Médica y Farmacéutica (reintegro contra factura e historia clínica del medico) por Accidente en bicicleta. 

- Muerte por Accidente en bicicleta.                                     ​

- Invalidez Permanente por Accidente en bicicleta.                                           ​

Sumas Aseguradas y Franquicia del seguro disponibles en el frente de la póliza. 

* El seguro de Accidentes Personales solo cubre a ciclistas amateurs, no cubre a profesionales durante competencias, a menos que se haya contratado la cobertura "Competencias".- 

Este seguro protege al asegurado ante un robo en la vía pública de su mochila y de los objetos contenidos en la misma hasta la Suma Asegurada Total.-

Comprende  los siguientes bienes hasta el monto indicado en el frente de póliza:

- Mochila, bolso o cartera. 

- Contenido de la mochila: Anteojos o lentes de contacto, Billetera, Elementos de escritura, Elementos de maquillaje, Perfumes. 

- Tecnología portátil: Smartphone, Cámara fotográfica o de video, GPS, Mp3. 

- Dinero en efectivo.

- Reposición de documentos.

- Reposición de llaves. 

- Traslado en taxi o remis. 

Ámbito de cobertura: República Argentina.

Principales exclusiones: Pérdida, Hurto, Daños. 

En las coberturas de Daño Total por Accidente o Incendio Total se aplica la cláusula del 80%. Esto significa que, se considerará a la bicicleta como destruida por completo si el costo de arreglar el daño sufrido es superior al 80% del valor de la suma asegurada (el monto que figura en la póliza) o de mercado.

* Cubre los daños totales que pueda sufrir la bicicleta, siempre y cuando el cuadro de la misma haya resultado afectado.

 

 

Ámbito de la cobertura: el seguro tiene cobertura en la República Argentina.

* Si necesitas cobertura en países limítrofes o en otros países debes hacérnoslo saber mediante email y buscaremos la mejor alternativa.

 

El valor de la Suma Asegurada menos la Franquicia.​

Es muy importante que verifiques el valor asegurado de tú bici en la póliza. Al momento del siniestro, la Aseguradora tomará el valor al contado en plaza de una bicicleta de igual marca, modelo, año y características. En ningún caso el Asegurado, podrá percibir una Indemnización mayor al daño efectivamente sufrido, y como máximo se tomará el valor consignado en el frente de póliza, en el casillero denominado “Suma Asegurada”. La Suma Asegurada es el valor de venta que tiene la Bicicleta en el estado que se encuentre, al momento de la contratación del seguro. Si es nueva el valor lo determina la factura de compra, si es usada el valor es determinado por la agencia de venta de bicicletas.

Si se puede. Deberás solicitarlo mediante email a contacto@bicins.com.ar aportando los siguientes datos:

1) Tus datos personales: Apellido y nombre, DNI, fecha de nacimiento, domicilio y numero teléfono celular.

2) Especificar el medio de pago actual.

3) Aportar los datos del nuevo medio de pago. Si es CBU, aportar los 22 dígitos, titular de la cuenta, y nombre del banco. Si es Tarjeta de Crédito, especificar si es Visa o MasterCard, aportar los números del frente de la tarjeta, titular y fecha de vencimiento.

Durante el proceso de cotización, Bicins buscará por vos las mejores opciones de compañías y coberturas para asegurar tu bicicleta, dependiendo en que ciudad de Argentina te encuentres, el valor y tipo de bici y el uso que le des a la misma.

¡Solo basta que hagas tu cotización para verlo, adelante!

 

Los seguros de bicicletas normalmente no se hacen en flota, se realiza una póliza por bicicleta. Tampoco hay un descuento por asegurar varias bicicletas ya que cada bicicleta se asegura individualmente. Por eso en Bicins buscamos el mejor precio/seguro para tu bici.
De todas maneras, si eres de una empresa que quiere asegurar más de 10 bicicletas o monopatines eléctricos y que la compañía de seguros facture a nombre de dicha empresa, puedes enviarnos un email y nos pondremos en contacto para analizar tu caso en particular.

Estas Cargas y Obligaciones que tiene el asegurado rigen para todas las pólizas de seguros. Ley Nº 17.418 - ley de seguros.

 

1. Pago de la prima. La carga más importante del asegurado está constituida por el pago en término de la prima del seguro. El incumplimiento de esta carga provoca la “suspensión” de la cobertura. Ahora cuando ha habido riesgo corrido y hasta la regularización de la situación o hasta la rescisión del contrato, el asegurador tiene acción para perseguir el cobro de la prima.

 

2. Mantener el estado del riesgo. El estado del riesgo lo constituyen las circunstancias que pueden influir sobre éste o sobre las probabilidades de que ocurra el siniestro. Cuando el riesgo disminuye el asegurado tiene derecho a un reajuste de primas futuras en su favor. Pero cuando se agrava se debe informar al asegurador, para que reajuste la prima si corresponde o rescinda el contrato.

 

3. Denuncia del siniestro. El asegurado o los derechohabientes del occiso deben comunicar al asegurador la ocurrencia del siniestro dentro de los tres días de conocerlo (art. 46, L.S.). De no hacerlo así, serán sancionados con la caducidad de sus derechos, salvo que haya mediado caso fortuito, fuerza mayor o imposibilidad de hecho sin culpa o negligencia. Esta carga puede ser cumplida por un tercero.

 

4. Suministro de información. El asegurado debe suministrar toda la información que permita determinar las características del siniestro. El incumplimiento de esta carga no acarrea caducidad salvo si se produce maliciosamente. El asegurado debe permitir la actuación indagatoria del asegurador. Este derecho del asegurador y la correlativa carga del asegurado se halla sujeto a dos criterios básicos limitativos: la necesidad de conocimiento del primero y la razonabilidad del requerimiento en vista a sus funciones específicas y la posibilidad de satisfacción por parte del segundo.

 

5. No introducir cambios en las cosas dañadas. Otra carga es la de no introducir cambios que dificulten establecer las causas del daño o su magnitud. Solo si el siniestro es parcial, el asegurado puede separar las cosas dañadas de las indemnes. Otra excepción es cuando la acción sea útil para el salvamento de los bienes o lo exija el interés público (probabilidades de derrumbe, focos infecciosos, etc.); cuando sea necesario para el normal desarrollo de la actividad; cuando el asegurador lo autorice; cuando haya inexcusable dilación del asegurador en la comprobación del daño y esta demora perjudique al asegurado o a terceros.

 

6. Salvamento. Es un deber del asegurado disponer lo necesario para evitar el daño o disminuirlo.

- Hurto.

- Robo de piezas/accesorios o daños parciales a causa de robo.

- Siniestros producidos por culpa grave, dolo o abuso de confianza del asegurado, tomador o conductor autorizado.

 

* Las exclusiones dependen de la compañía aseguradora y la cobertura afectada.  Más información disponible en las condiciones particulares de cada póliza.